Somos un estudio integral con 30 años de trayectoria que te otorga la posibilidad de investigar tus orígenes reconstruyendo el Árbol Genealógico de tu Familia.
Es nuestra especialidad buscar a tus antepasados italianos y organizar la documentación para que puedas tramitar tu pasaporte al mundo.
Nuestro objetivo es ayudarte a resolver tus problemas para que lo puedas obtener. Brindamos asistencia y asesoramiento parcial o completo.
La ciudadanía italiana se otorga sin límites de generaciones
De acuerdo con la ley N. 91 de 1992, el hijo de padres Ciudadanos Italianos también es italiano, aunque haya nacido en el extranjero. Por lo que, los descendientes varones de emigrantes italianos pueden ser declarados Ciudadanos Italianos por filiación. Por otro lado, la transmisión por línea materna, sólo es posible para los niños nacidos después del 1 de enero de 1948.
Podés tramitar la ciudadanía de tres maneras:
Los requisitos generales para empezar son:
Si no sos italiano te ofrecemos consultar toda la serie de trámites y formularios a rellenar para poder serlo:
Como ciudadano italiano tenés la obligación fundamental de tener actualizados tus datos.
El registro es obligatorio desde 1988, según la ley N. 470.
¿Estás inscripto en el AIRE?
Nosotros lo hacemos por vos.
El AIRE es el Anagrafe de los italianos residentes en el Exterior.
¿Te mudaste?
Tramitamos tu cambio de domicilio.
¿Necesitás actualizar tu estado civil?
(Nacimiento, Matrimonio, Divorcio, Defunción).
Preparamos tu documentación.
Toda la documentación traducida es avalada por un Traductor Público Nacional matriculado.
Si sos italiano te ofrecemos consultar toda la serie de trámites, formularios y validaciones que podés realizar junto a nosotros:
Directora, Fundadora y Traductora Oficial de Scelto.
1951 – 2025.
Coordinadora de operación.
Coordinador comercial.
Atención al italiano y trámites consulares.
Traducción y corrección de documentos.
Analista de operaciones.
De acuerdo con la ley N. 91 de 1992, el hijo de padres Ciudadanos Italianos también es italiano, aunque haya nacido en el extranjero. Por lo que, los descendientes varones de emigrantes italianos pueden ser declarados Ciudadanos Italianos por filiación. Por otro lado, la transmisión por línea materna, solo es posible para los niños nacidos después del 1 de enero de 1948.